domingo, 26 de febrero de 2012

 




Cuando el gobierno rectificó el error inicial de no presentar la demanda a Chile, asumió una actitud concordante con los intereses nacionales permanentes del país. Gracias a esa actitud de desandar erráticos pasos iniciales y aceptar sugerencias sustantivas de la oposición, la Cancillería pudo presentar la demanda con un respaldo de cohesión y unidad nacional. Se regresó con solidez a una política de Estado.

De esta manera, gobierno y oposición construyeron una política de Estado que articuló el trabajo de sustentación jurídica, cumplimiento de los requisitos formales y procesales indispensables, la recepción de las opiniones jurídicas de destacados especialistas internacionales y la elaboración del primer proyecto de demanda, realizados durante el gobierno de Alejandro Toledo, con los desafíos que presentaba formalizar la demanda en la Corte y asumir la defensa jurídica de la soberanía nacional hasta las 200 millas en la fase escrita del proceso judicial, que ha correspondido al actual gobierno.

Ha surgido así un sólido consenso nacional en torno a la posición jurídica del Perú, que requiere fortalecerse en la próxima transferencia de gobierno. Dentro de escasos tres meses. Simbólicamente, el cambio de gobierno casi coincidirá con el final de la fase escrita del juicio, la que culminará luego de que el 11 de julio el gobierno de Chile cumpla con presentar en La Haya su dúplica a la réplica peruana. Al nuevo gobierno le corresponde la delicada tarea de llevar adelante la fase decisiva del juicio oral y la sentencia.

Lo más importante de ese consenso –y allí reside su cohesión y fortaleza– es que no ha sido producto de una acción gubernamental unilateral, sino de la concurrencia de una oposición exigente pero responsable con la apertura de la administración a acoger los buenos criterios que aquella aportó en el cauce estrictamente jurídico del proceso. Esta concurrencia produjo una encomiable actitud de cohesión nacional al concertarse el texto de la demanda. En esa oportunidad, la oposición, particularmente el Partido Nacionalista, hizo aportes relevantes a la redacción final de la demanda.

A partir de ese momento, el juicio se ha llevado dentro de un razonable manejo jurídico que recoge, ciertamente, las bases esenciales de una defensa representativa de los intereses nacionales. Esa es la herencia que deja el gobierno actual.

Para asegurar la mayor eficacia de la defensa peruana en la fase oral del juicio, es imperativo que la transferencia de los asuntos relativos al proceso judicial en la Corte Internacional de Justicia se efectúe con el mayor grado de responsabilidad, coherencia y actitud de concertación nacional.

La fase final de la defensa de la soberanía marítima nacional es el asunto de mayor trascendencia en las relaciones externas del Perú y, a no dudarlo, será la primera prioridad y responsabilidad de la diplomacia del nuevo gobierno que se instale el próximo 28 de julio. Por ello, la transferencia de gobierno en la cancillería adquiere una importancia excepcional.

Hay que otorgar un trato especial a la transferencia de la política, las posiciones, la documentación y lo actuado en el juicio, distinto al que corresponderá a los demás asuntos de la Cancillería.

Esta transferencia especial debería iniciarse apenas conocidos los resultados de la segunda vuelta e implicar: 1) el manejo consensuado entre el gobierno saliente y el gobierno entrante de todas las decisiones que adopte el Estado peruano entre el 6 de junio y el 28 de julio en relación con el juicio; 2) la transmisión de toda la información jurídica y política, sin excepción, al nuevo gobierno, incluida una reunión conjunta de las autoridades salientes y el equipo jurídico del nuevo gobierno con los abogados internacionales; 3) particular importancia debería tener la cuestión relativa a la respuesta a la nota del Ecuador en la que informó al Perú sobre el registro de sus líneas de base y límites marítimos en la ONU. El artículo IV de la Declaración de Santiago establece el método delimitador por el paralelo con el Ecuador como excepción por la presencia de islas, que no existen en el caso de Chile.

Esta realidad jurídica ojalá quede plasmada de manera coincidente entre el Perú y el Ecuador en este último tramo de la fase escrita del proceso, antes del juicio oral. Y en ello, nuevamente, es indispensable que las posiciones que se adopten respondan a los criterios indispensables de cohesión y concertación nacional, que siempre debe ser la guía central de la defensa de los intereses nacionales marítimos del Perú.